Eximición de prisión en Quilmes, Bernal y Zona Sur. Presentarse con defensa cambia el rumbo.
Una denuncia en su contra da miedo, y la posibilidad de una detención más todavía. Pero hay una herramienta para ordenar las cosas antes de que ocurra: pedirle al juez que lo deje transitar el proceso en libertad. Estudiamos su causa, le explicamos qué sigue y presentamos la solicitud con la documentación que la sostiene.
La eximición de prisión, en simple.
Es una presentación ante el juez o la fiscalía de una persona que aún no está detenida, para que se le permita enfrentar el proceso en libertad, comprometiéndose a cumplir las condiciones que se le fijen. Su nombre, requisitos y trámite dependen del código procesal aplicable a cada causa.
Eximición de prisión
Se pide de manera preventiva: ante una denuncia, una citación o el riesgo de una orden de detención.
Excarcelación
Se pide cuando la persona ya fue privada de su libertad, para recuperarla durante el proceso.
No es una garantía de resultado
La decide el juez según cada causa. Una solicitud bien fundada y documentada mejora la posición de la defensa, pero no asegura el resultado.
Actuar antes puede cambiar el curso del proceso.
Si hay una denuncia en su contra
Conocer el estado de la causa y presentarse con abogado permite ordenar la defensa desde el primer momento, sin improvisar.
Si recibió una citación
Antes de presentarse a declarar, se estudia el expediente y se define cómo hacerlo. Declarar es un derecho, no una obligación.
Si teme una orden de detención
Si hay riesgo de coerción, se evalúa de inmediato una presentación que demuestre que usted va a someterse al proceso.
Si quiere presentarse voluntariamente
Hacerlo con defensa técnica, documentación y una estrategia definida es muy distinto a esperar a que lo busquen.
El juez analiza riesgos procesales y arraigo.
En términos generales, se valora si existe riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación, y para eso se mira su situación personal y las características del hecho investigado.
- Domicilio real y constancia que lo acredite.
- Situación laboral, ingresos y actividad.
- Grupo familiar y personas a cargo.
- Antecedentes personales y trayectoria.
- Compromiso de comparecer cuando sea citado.
- Fijar domicilio y mantenerlo informado.
- Presentarse ante el juzgado o la fiscalía cuando se lo requiera.
- No ausentarse del país o de determinada zona.
- No contactar a determinadas personas, según el caso.
Una presentación fundada, no un trámite.
Cada solicitud se arma sobre el expediente concreto y sobre su situación personal.
Evaluación de la causa
Estudiamos las actuaciones, la imputación y el riesgo real de una medida de coerción.
Armado de la presentación
Redactamos la solicitud con fundamentos jurídicos y reunimos la documentación de arraigo.
Gestión ante fiscalía y juzgado
Presentamos, hacemos seguimiento del trámite y mantenemos contacto con las dependencias intervinientes.
Acompañamiento posterior
Le explicamos las condiciones que se fijen y cómo cumplirlas, y seguimos el expediente hasta el final.
Zona Sur. Provincia de Buenos Aires. CABA. Fuero Federal.
Provincia de Buenos Aires
Intervención en los departamentos judiciales de Quilmes, Avellaneda-Lanús y Lomas de Zamora, y en el resto de la provincia.
CABA
Actuación ante los tribunales competentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fuero Federal
Asistencia en causas de competencia federal, según las características del caso.
Zona de atención: Bernal, Quilmes, Berazategui, Florencio Varela, Ezpeleta, Plátanos, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora y Zona Sur del Gran Buenos Aires.
No espere a que sea tarde. Una llamada ordena la situación.
Lo atendemos con reserva y le explicamos, sin vueltas, qué opciones tiene según el estado de su causa.